Caso Conajzar: anulan el sobreseimiento de cinco procesados
Jueves 05 de Noviembre 2026 / 12:00
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(Asunción).- El Tribunal de Apelación Penal de Paraguay dejó sin efecto el sobreseimiento definitivo dictado en julio por el juez Rodrigo Estigarribia en la causa que investiga presuntas irregularidades en la Comisión Nacional de Juegos de Azar (Conajzar).
El Tribunal de Apelación Penal de Paraguay dejó sin efecto el sobreseimiento definitivo dictado en julio por el juez Rodrigo Estigarribia en la causa que investiga presuntas irregularidades en la Comisión Nacional de Juegos de Azar (Conajzar). Entre los beneficiados por la resolución anulada se encontraban su expresidente José Ortiz Báez y el actual diputado Rubén Roussillón.
El Tribunal cuestionó la resolución judicial
El Tribunal de Apelación Penal anuló por unanimidad el sobreseimiento definitivo de cinco procesados en la causa Conajzar y ordenó la realización de una nueva audiencia preliminar.
La decisión fue adoptada por los camaristas Claudia Criscioni, Paublino Escobar y Camilo Torres, quienes dejaron sin efecto la resolución del 31 de julio de 2026, dictada por el juez de Delitos Económicos Rodrigo Estigarribia.
Los beneficiados por el sobreseimiento habían sido Ricardo Núñez Giménez, Rubén Antonio Roussillón Blaires, José Antonio Ortiz Báez, Carmen Corina Alonso y Omar Rodrigo Mongelos González.
La resolución había sido apelada por los fiscales Daniela Benítez y Christian M. Benítez Cáceres, quienes cuestionaron la fundamentación del magistrado y señalaron errores en la aplicación del derecho penal y procesal.
Los antecedentes de la causa Conajzar
La investigación se inició el 6 de enero de 2022, cuando la fiscala María Stefanía González imputó a los cinco involucrados por presuntos hechos de lesión de confianza, usurpación de funciones públicas, prevaricato y exacción.
En julio de ese mismo año, la Fiscalía presentó acusación contra los procesados. Sin embargo, durante la audiencia preliminar del 28 de julio de 2023, modificó su postura y solicitó el sobreseimiento definitivo de todos los imputados. El entonces juez Humberto Otazú dispuso el trámite de oposición.
Posteriormente, el 22 de agosto de 2023, la fiscala Nancy Salomón solicitó el sobreseimiento provisional, pedido que fue admitido el 21 de septiembre de ese año.
La causa tuvo nuevos movimientos en septiembre de 2024, cuando se solicitó su reapertura y nuevamente el sobreseimiento definitivo. Tras un conflicto de competencia, la Corte determinó que el juez Rodrigo Estigarribia debía intervenir en el expediente.
En marzo de 2026, la fiscala adjunta Nancy Salomón ratificó el pedido de sobreseimiento definitivo por los delitos de lesión de confianza, prevaricato y exacción, aunque mantuvo la acusación por usurpación de funciones públicas.
Los argumentos para anular el sobreseimiento
Al analizar la apelación, los camaristas consideraron que la resolución de Estigarribia presentaba inconsistencias y errores en la interpretación del derecho penal material y procesal.
Uno de los puntos centrales de la controversia está relacionado con la autorización para explotar juegos electrónicos y máquinas tragamonedas mediante la Resolución N.º 34/2020.
Según la acusación fiscal, los procesados habrían autorizado esa actividad sin contar con las atribuciones legales correspondientes, ya que la competencia para hacerlo pertenecía a las municipalidades.
El juez Estigarribia había interpretado que la situación constituía un conflicto de competencias administrativas y que una eventual irregularidad en un acto administrativo no implicaba necesariamente la comisión de un delito.
Sin embargo, el Tribunal de Apelación cuestionó ese razonamiento. Los magistrados señalaron que existía una contradicción en la fundamentación judicial, particularmente porque el propio juez reconocía que los acusados habían realizado actos vinculados con el ejercicio de funciones públicas, pero descartaba que se configurara el delito investigado.
Nueva audiencia preliminar
Finalmente, los camaristas concluyeron que la resolución apelada era arbitraria y que contenía errores jurídicos que justificaban su anulación.
Con esta decisión, el sobreseimiento definitivo de los cinco procesados queda sin efecto y la causa deberá volver a una nueva audiencia preliminar, en la que se analizará nuevamente la situación procesal de los involucrados.
Categoría:Legislacion
Tags: Sin tags
País: Paraguay
Región: Sudamérica
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