El Gobierno restringirá la emisión de anuncios de apuestas deportivas, privados
Miércoles 26 de Febrero 2020 / 06:08
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(España).- Únicamente podrán emitirse anuncios de casas deportivas en los partidos que comiencen después de las 20:00
La nueva limitación horaria no operará desde las 20:00 hasta las 05:00, por lo que se permitirá la emisión de anuncios de casas de apuestas en aquellos eventos deportivos que se transmiten en horario de máxima audiencia. Dicha limitación es una de las medidas previstas en el Real Decreto-ley que el Gobierno presentó el pasado viernes 21 de febrero, vulgarmente conocido como “Ley del juego”.
Por lo tanto, esta medida afectará a las plataformas que gozan con los derechos de emisión de eventos deportivos donde normalmente se emite publicidad de apuestas: televisiones públicas, generalistas en abierto y, en mayor medida, televisiones privadas (Movistar+ y similares).
Se restringirá el contenido
Esta nueva norma no sólo limitará el horario para la emisión de publicidad de esta índole, sino que también restringirá el contenido. Las proclamas hasta ahora utilizadas en este tipo de anuncios, tales como “entra ya” o “juega”, no volverán a utilizarse. Además, dichos spots no podrán tener como protagonista a un futbolista o personaje público, ofrecer bonos de fidelización de más de 100€ ni apelar a la apuesta de forma “directa y agresiva”. Todos los anuncios que contengan alguno de los elementos mencionados anteriormente quedarán prohibidos.
En prensa escrita se aplicarán igualmente los nuevos límites. Se deberá utilizar un tono “pasivo y aséptico” pero, al contrario que en la plataforma televisiva, no se aplicará la restricción horaria. En cambio, sí tendrán la limitación de no publicitarse de forma intrusiva, por ejemplo, a través de una ventana emergente que interrumpa la lectura o un banner digital que monopolice la pantalla.
En cuanto a marketing directo (publicidad en la calle), también se habrá de respetar la misma norma de contenido de cara a proteger al menor. En cambio, dentro de los recintos deportivos, sí se podrá emitir publicidad en pantallas, marcadores, indumentaria de los deportistas y vallas a pie de recinto, eso sí, a partir de las 20:00.
¿Qué pasa, entonces, con las apuestas públicas?
Como todos sabemos, para el Estado supone un pingüe beneficio la recaudación proveniente de Loterías y Apuestas del Estado. Pues bien, el Gobierno entiende que en este caso se deberá aplicar una mayor laxitud en cuanto a la emisión de publicidad, ya que la norma los considera “potencialmente menos adictivos”.
Loterías y Apuestas del Estado podrá emitir publicidad a cualquier hora, pero no podrá seducir al potencial adicto al juego con la idea de hacerse rico. En cambio, sí se permitirá la difusión de contenido sentimental-lagrimero, algo que en ningún caso puede inducir al consumo masivo de décimos de lotería.
Cuando se incumplan alguno de los límites, las sociedades de casas de apuestas deberán afrontar multas de entre 100.000€ y 50 millones de euros, siendo la última ratio la pérdida de la licencia.
Conflicto con las televisiones
Estas limitaciones para la emisión de publicidad de apuestas deportivas no afectarán a las plataformas de streaming, como los vídeos emitidos en Youtube, ni a las propias redes sociales de las casas de apuestas. Por ellos las televisiones han solicitado que las restricciones se extiendan al resto de plataformas y formatos.
La Unión de Televisiones Comerciales en Abierto (UTECA) emitió el pasado miércoles 19 de febrero un comunicado en el que reivindicaba que las plataformas digitales afrontaran las mismas restricciones que el resto de soportes, ya que, en caso de no estar limitadas, no se puede consumar el objetivo primario de la ley, que es “proteger a jóvenes y menores”.
Categoría:Legislacion
Tags: Sin tags
País: España
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