Legislacion

Las claves del decreto ley que regula la publicidad de apuestas y juegos online en España

Miércoles 04 de Noviembre 2020 / 12:53

⏱ 4 min de lectura

(España).- Este martes, el Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto de comunicaciones comerciales de las actividades del juego, que regulará por primera vez la publicidad en línea de apuestas y juegos de azar en España

 Las claves del decreto ley que regula la publicidad de apuestas y juegos online en España

El ministro de Consumo, Alberto Garzón, pone así reglas a un sector que no ha parado de crecer desde 2011 y que ha visto triplicar sus cifras de inversión en los últimos cuatro años. En el caso de incumplir, los operadores del juego podrían enfrentarse a multas que van desde los 100.000 euros al millón de euros


Al Ejecutivo le preocupa especialmente el aumento del consumo del juego entre jóvenes de 18 a 25 años. Según las cifras, el 2017, el 28% de los nuevos jugadores formaba parte de esta franja de edad. Dos años después, en 2019, la cifra se ha incrementado doce puntos y se sitúa en el 40%.


Estas son algunas de las medidas destacadas:


Las medidas



  • Prohibición de publicidad audiovisual fuera del horario de 1 h. a 5 h. de la madrugada.

  • Impide la emisión de bonos de captación de jugadores.

  • Las empresas solo podrán dirigir sus ofertas a clientes registrados y verificados y, en ningún caso, a personas que hayan mostrado comportamientos patológicos en la actividad del juego.

  • Los clubes deportivos no podrán firmar contratos de patrocinio con casas de apuestas que implique llevar publicidad de juegos de azar en camisetas y equipaciones.

  • La publicidad de apuestas en estadios deportivos deberá ajustarse a los mismos horarios que al resto de soportes.

  • Los clubes tampoco podrán realizar actividades de patrocinio que consistan en la utilización de la marca de un operador para identificar a una instalación deportiva. Tampoco se podrá emitir publicidad de apuestas durante eventos deportivos en soporte alguno fuera del horario de 1 a 5 de la madrugada.

  • La publicidad a través de correo postal queda prohibida y la que se realice a través de
    correo electrónico solo podrá emitirse con el consentimiento de la persona interesada, en
    ningún caso cuando el receptor haya desarrollado comportamientos de riesgo.

  • La publicidad en Internet queda relegada a los portales de los operadores del juego. La nota de prensa facilitada por el Ministerio aclara que no entran en esta categoría los perfiles en redes sociales, donde las empresas del juego solo podrán emitir mensajes publicitarios a sus seguidores; ni las plataformas de intercambio de vídeo como Youtube, donde la publicidad queda relegada al mismo horario que el resto de soportes publicitarios.

  • Se incluye el control parental a través mecanismos que identifiquen la categoría de juegos de azar en la publicidad en línea.

  • Tanto en motores de búsqueda, redes sociales o plataformas de intercambio de vídeo, los operadores deberán contar con instrumentos que garanticen que, en ningún caso, su publicidad se dirige a menores y que existen mecanismos de bloqueo u ocultación de anuncios.

  • En aquellos anuncios de juegos de azar o apuestas que se emitan en el horario permitido, no podrán aparecer personas o personajes, reales o ficticios, de relevancia o notoriedad pública.

  • Tampoco se podrá trasladar la percepción falsa o equívoca de gratuidad o de falta de onerosidad de las promociones, ni inducir a confusión respecto a la naturaleza del juego. En ningún caso estará permitido incluir testimonios de personas beneficiarias previas, reales o figurados, de la promoción; ni basarse en la habilidad del jugador.


Los plazos


Desde que el decreto se publique en el Boletín Oficial del Estado (BOE) ya no podrán firmarse nuevos
contratos contrarios a estas medidas. Sin embargo, el Gobierno sí ha establecido una serie de plazos para que los operadores del juego puedan adaptarse.



  • Para los contratos ya firmados y que estén en vigor en este momento, se establecen unos plazos que van hasta el verano de 2021, coincidiendo con el final de la temporada deportiva, aunque los convenios privados entre clubes y operadores se hayan firmado por más tiempo.

  • Las medidas de prohibición de bonos promocionales o la regulación de la publicidad en
    Internet, aunque existan contratos más extensos, tendrán un periodo de adaptación menor
    y entrarán en vigor en su totalidad el 1 de mayo de 2021.

  • En el caso de campañas publicitarias con personas o personajes de relevancia que ya hayan sido contratadas, no se podrán seguir emitiendo a partir del 1 de abril de 2021.

  • El resto de contratos suscritos con anterioridad a la entrada en vigor, se podrán mantener hasta el 30 de agosto de 2021.


Las sanciones


A los operadores que incumplan, se les el régimen sancionador de la Ley 13/2011, de regulación del juego. El Gobierno avisa de que "los incumplimientos serán del tipo grave y los operadores podrán ser sancionados con multa de entre 100.000 y un millón de euros y con la suspensión de su actividad en España por un plazo máximo de seis meses.


En el caso de los servicios audiovisuales se les aplica el régimen sancionador previsto en la Ley 7/2010, de 31 de marzo, general de la comunicación audiovisual, cuya instrucción y sanción corresponde a la CNMC.


 

Categoría:Legislacion

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País: España

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