Legislacion

Perspectivas del CEO de Lottopar, Daniel Romanowski, sobre las loterías estatales brasileñas

Lunes 27 de Mayo 2024 / 12:00

⏱ 6 min de lectura

(Brasilia).- En este artículo, Daniel Romanowski, CEO de Lottopar, defiende las ventajas de las loterías estatales sobre las municipales, destacando el impacto positivo en la economía y la generación de empleo en Paraná, al tiempo que asegura el cumplimiento de la legislación vigente para garantizar la seguridad jurídica y el retorno social.

Perspectivas del CEO de Lottopar, Daniel Romanowski, sobre las loterías estatales brasileñas

Como responsable de Loterias do Paraná (Lottopar), autarquía vinculada a la Secretaría de Estado de Administración y Seguridad Social del Gobierno de Paraná, estoy convencido de que las loterías estatales serán más beneficiosas para los municipios y la Unión, dinamizando la economía y generando empleos con retorno social. Pero siempre con acciones basadas en la legislación vigente, como forma de dar seguridad jurídica a los concesionarios que actúan en Paraná. Estas concesionarias, autorizadas a operar en nuestro estado, están obligadas a seguir las Leyes Federales, Estatales y Decretos Estatales sobre el tema. 

De acuerdo con las leyes vigentes y recordando una importante decisión del Supremo Tribunal Federal, publicada en diciembre de 2020, los estados y el Distrito Federal tienen el derecho de operar actividades de lotería en sus territorios. Esto significa que el Gobierno Federal no tiene el derecho exclusivo de instituir loterías y explotar sus modalidades. Sin embargo, es importante destacar que esta decisión del STF no se extiende a los municipios. En otras palabras, incluso con esta decisión, los municipios no están autorizados a crear sus propias loterías.

Como he dicho antes, los ayuntamientos no tienen competencias para legislar sobre el tema y, en mi opinión, no hay tamaño de mercado para las loterías municipales. Tampoco los premios son lo suficientemente atractivos como para atraer a los jugadores a las loterías municipales. También hay que tener en cuenta otro aspecto importante, que es el hecho de que cuando los municipios crean sus loterías municipales, están renunciando al Impuesto sobre Servicios de Cualquier Naturaleza (ISSQN) y a otras contribuciones sociales más voluptuosas para hacerse con un impuesto mucho menor. También hay que considerar que los valores recaudados por la Lotería Estatal van a los municipios a través de acciones e inversiones del Gobierno de Paraná en seguridad pública, vivienda popular y acciones sociales, o sea, con la lotería estatal, los municipios se benefician de la recaudación de impuestos, contribuciones sociales y retorno social.

Otro aspecto de la ventaja de la lotería estatal sobre las loterías municipales es su capilaridad, ya que los juegos de lotería autorizados, monitoreados e inspeccionados por Lottopar llegan a todas las regiones del estado y, como se indica en el aviso público, el concesionario está obligado a establecer puntos de venta físicos dedicados en las diez mesoregiones del estado, así como puntos de venta no dedicados, como quioscos de periódicos, tiendas de conveniencia y otros lugares autorizados por Lottopar.

Como apoyo jurídico a nuestra posición contraria a algunos movimientos municipales para crear sus propias loterías, me gustaría citar un extracto de una declaración de uno de los principales abogados de loterías de Brasil, el Dr. Roberto Brasil Fernandes, autor del libro Direito das Loterias. Roberto Brasil Fernandes, autor del libro Direito das Loterias (Derecho de las Loterías), en el que subraya que "dentro del marco normativo presentado, la única alternativa para los municipios es buscar la colaboración con el estado en el que se encuentran, o con el Gobierno Federal, para que parte de los ingresos se transfieran a su territorio, además de cobrar el Impuesto sobre Servicios de Cualquier Naturaleza (ISSQN) sobre el negocio de las loterías. Se puede concluir, por lo tanto, que además de que los fundamentos de la decisión del STF no honran la cuestión, se puede ver que la propia Constitución no honra la competencia de los municipios para operar loterías, ya que no les da competencia residual, como es el caso de los Estados miembros y el Distrito Federal." 

En una entrevista con el equipo de comunicación de Lottopar en el Congreso de Cibelae, en Argentina, en abril de este año, el Dr. Roberto Brasil Fernandes reforzó que "lo que están haciendo los municipios es una aventura jurídica, y no está previsto ni en la Constitución ni en la decisión del STF. Fui uno de los abogados que presentó la ADPF 493 ante el Tribunal Supremo y el entendimiento del tribunal es muy claro en el sentido de que sólo los estados tienen derecho a comercializar modalidades de lotería. No hay nada en ninguna de las sentencias del Supremo que aborde esta pretensión de los ayuntamientos de crear sus propias loterías municipales, que es claramente una aventura legal de los alcaldes." 

Por lo tanto, consideramos que, desde el punto de vista jurídico, de acuerdo con el Decreto-Ley nº 6.259, del 10 de febrero de 1944, en su artículo 4º, "Sólo la Unión y los Estados podrán explotar o conceder servicios de lotería, estando prohibida a la primera y a los segundos más de una explotación o concesión de lotería", los municipios, al aventurarse en un asunto que no les compete, podrían crear una batalla jurídica. Por otro lado, la lotería estatal no es un competidor de los municipios; al contrario, es una fuente de entretenimiento segura y responsable, con un retorno social que beneficia socialmente a los residentes. Los fondos recaudados por Lottopar se invertirán en los municipios a través de acciones del Gobierno de Paraná, como la mejora de la seguridad pública, la construcción de viviendas asequibles y acciones sociales. El propio municipio se beneficia.

Hoy, Lottopar es capaz de ofrecer un mercado de lotería con seguridad jurídica para los concesionarios que están invirtiendo en nuestro estado, seguridad para los jugadores, además de poner al estado de Paraná a la vanguardia en Brasil en muchas acciones pioneras e innovadoras, lo que hace de Lottopar una de las mejores loterías estatales de Brasil. 

Nos esforzamos constantemente por conseguir un mercado de loterías seguro y responsable con los más altos niveles de cumplimiento y gobernanza, razón por la cual somos la única lotería de Brasil asociada a tres de las mayores asociaciones de loterías de apuestas deportivas del mundo. Fuimos la primera lotería estatal de Brasil asociada a la World Lottery Association (WLA), la mayor asociación de loterías del mundo; la primera lotería asociada a la Union of Lotteries for Integrity in Sports (ULIS), que promueve acciones educativas contra la manipulación de los resultados deportivos, y también estamos asociados a Cibelae, que es una corporación iberoamericana de loterías y apuestas estatales, la mayor de América Latina.

Los Argumentos por Incumplimiento de Precepto Fundamental (ADPFs) 492 y 493 fueron juzgados por el Supremo Tribunal Federal (STF) y resultaron en el reconocimiento de la competencia de los estados y del Distrito Federal para operar actividades de lotería en sus territorios. Eso significa que, como establecido en la decisión del STF, no es de competencia exclusiva del Gobierno Federal la creación de loterías o la operación de actividades de lotería.
Sin embargo, es fundamental destacar que esta decisión del STF no se extiende a los municipios. En otras palabras, mientras que los estados y el Distrito Federal tienen el visto bueno para operar loterías dentro de sus jurisdicciones, los municipios no tienen la misma autorización.

La razón de esta distinción está relacionada con la división de competencias establecida por la Constitución Federal brasileña. Mientras que los estados y el Distrito Federal tienen autonomía para legislar sobre determinadas cuestiones, incluidas las actividades de lotería, los municipios están sujetos a una gama diferente de competencias, con menos autoridad sobre determinadas áreas, como es el caso de las loterías.

Así, aunque la decisión del STF tenga un impacto significativo en el reconocimiento de la competencia de los estados y del Distrito Federal en este contexto, no otorga a los municipios la capacidad de crear y operar sus propias loterías. Esta es una distinción importante a tener en cuenta a la hora de interpretar el alcance de esta decisión.

Categoría:Legislacion

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País: Brasil

Región: Sudamérica

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