Puerto Rico: Tribunal ordena procesar solicitudes de juegos de azar
Viernes 15 de Mayo 2026 / 12:00
⏱ 3 min de lectura
(San Juan).- La Justicia determinó que el organismo incumplió con procedimientos básicos al no recibir formalmente las peticiones, y ordenó iniciar su trámite en un plazo de cinco días. La Comisión adelantó que apelará el fallo.
La Justicia dio lugar a la petición de los operadores
La jueza superior Iris Cancio González ordenó a la Comisión de Juegos recibir, tramitar y evaluar las solicitudes de licencia presentadas por un grupo de operadores de máquinas de juegos de azar en ruta, tras declarar con lugar una petición de mandamus impulsada por los demandantes.
La decisión judicial concluyó que la Comisión no recibió formalmente las solicitudes ni realizó los procedimientos administrativos correspondientes, como sellarlas, emitir recibos oficiales o asignarles números de expediente.
El abogado Frank Torres Viada, representante legal de los operadores, celebró el fallo y sostuvo que la sentencia valida los reclamos del sector.
“Esta sentencia confirma lo que estos comerciantes han sostenido desde el primer día: que la Comisión de Juegos no podía seguir cerrando la puerta y negándose a activar un proceso que la ley y el reglamento exigen”, afirmó.
Ordenan iniciar el trámite en cinco días
La resolución judicial instruye al director ejecutivo de la Comisión de Juegos, Juan Carlos Santaella Marchán, y a la directora del Negociado de Máquinas de Juegos de Azar en Ruta, Loraine Irizarry Torres, a cumplir en un plazo de cinco días con el deber de recibir las solicitudes y procesarlas con carácter prioritario.
Entre las acciones exigidas por el tribunal se encuentran:
Recepción formal de las solicitudes
Emisión de recibos oficiales
Asignación de números de caso o expediente
Inicio del proceso de evaluación
Además, la jueza determinó que la Comisión tampoco notificó a los solicitantes si sus expedientes estaban completos o incompletos, ni informó posibles incumplimientos dentro del plazo de 15 días establecido por el Reglamento 9647.
“El Tribunal fue claro. Existe un deber ministerial y la Comisión no tiene discreción para ignorarlo”, remarcó Torres Viada.
Quedan disponibles cerca de 2.000 máquinas
Según la sentencia, la evaluación deberá realizarse conforme a la Ley 11 y al Reglamento 9647. En caso de detectarse documentación faltante, la Comisión deberá notificar por escrito los incumplimientos específicos dentro del plazo reglamentario.
El tribunal también reconoció que el periodo de prioridad para solicitantes previos expiró en abril de 2025 y destacó que aún existe un remanente aproximado de 2.000 máquinas disponibles dentro del límite legal de 25.000 máquinas autorizadas.
Para los demandantes, este punto desestima uno de los principales argumentos utilizados para justificar la negativa a recibir nuevas solicitudes.
“Hoy queda derrotado el argumento de que no había nada que hacer o de que las puertas estaban cerradas”, expresó Torres Viada.
Operadores buscan regularizar su actividad
Gilberto Narváez, portavoz de UNOMAR —grupo integrado por los operadores demandantes—, aseguró que el objetivo siempre fue ingresar al sistema regulado.
“Durante años nos han querido presentar como si buscáramos operar fuera del sistema, cuando hemos pedido exactamente lo contrario: entrar al proceso, ser evaluados, pagar lo correspondiente y cumplir”, sostuvo.
La sentencia también advirtió que el incumplimiento de la orden judicial podría derivar en sanciones por desacato civil o criminal.
La Comisión de Juegos apelará la decisión
Tras conocerse el fallo, Juan Carlos Santaella Marchán indicó que, aunque respeta la determinación judicial, no comparte su interpretación y adelantó que recurrirá ante el Tribunal de Apelaciones.
Según expresó, la Comisión buscará defender la aplicación de la Ley Núm. 11 sobre máquinas de juegos de azar, argumentando que el marco legal vigente establece plazos y procedimientos específicos para licencias mayoristas.
El funcionario sostuvo además que el organismo ha actuado “en estricto cumplimiento” de la normativa y reiteró que, a su entender, no existe un deber ministerial que obligue a recibir nuevas solicitudes mientras otros procesos continúen en curso.
La disputa abre ahora un nuevo capítulo judicial, mientras los operadores esperan que la orden del tribunal se implemente sin demoras.
Categoría:Legislacion
Tags: Sin tags
País: Puerto Rico
Región: América Central y Caribe
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