Estos son los requisitos que debe cumplir si quiere operar algún juego localizado
Lunes 16 de Abril 2018 / 11:59
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(Colombia).- La modalidad de localizados incluye: bingos, videobingos, esferódromos, máquinas electrónicas, apuestas de carrera y deportes virtuales. Le contamos cuáles son los requisitos jurídicos y financieros para operar alguno de estos juegos con la debida autorización.
Cualquier persona que esté interesada en el sector de juegos de suerte y azar o que ya haga parte de esta industria como operador debe estar al tanto de la normativa que continuamente emite o modifica Coljuegos con alguna resolución o reglamentación - Empresa Industrial y Comercial del Estado Administradora del Monopolio Rentístico de los Juegos de Suerte y Azar - esto con el fin de evitar sanciones o multas que pongan en riesgo el negocio.
Antes de comenzar con un proyecto de empresa es importante contextualizarse sobre lo que está sucediendo en la industria: cómo funciona, quién la regula y controla y cuáles son las cosas que se deben tener en cuenta para cumplir legalmente con la operación, así podrá determinar si vale la pena entrar o no a la industria y si lo va hacer, cómo lograrlo de manera organizada.
Tal y como funciona en otras industrias que le aportan a la economía del país, las personas o empresas que estén interesadas en constituir una empresa que tenga como objeto la operación de los juegos de suerte y azar deben demostrar ante el regulador - Coljuegos - que tienen la capacidad financiera y cuentan con todos los requisitos jurídicos para constituirse legalmente.
Es así como a la fecha, el país hoy cuenta con 2.482 establecimientos autorizados y más de 80.000 máquinas legales. Operadores, gremios y el mismo regulador han unido esfuerzos para apoyar la legalidad y atacar la ilegalidad, es más, en lo que lleva corrido del año, se han retirado cerca de 617 máquinas electrónicas tragamonedas que dejan de tributar al año $1.735 millones.
Cabe recordar que si está interesado en emprender con el negocio de juegos de suerte y azar en la modalidad de juegos localizados, debe saber que las principales características de este tipo de juego son: la presencia física de los jugadores, que el jugador debe pagar previamente para participar en el juego y que los establecimientos se operan con equipos o elementos de juego en locales de comercio.
Los requisitos para obtener la autorización y concesión de los juegos localizados se revisan continuamente por Coljuegos y de acuerdo con la última resolución del 26 de marzo de 2018, la cual entra en vigencia el próximo 8 de mayo, los requisitos tanto jurídicos como financieros son los siguientes:
Antes, debe tener en cuenta que...
- Para operar juegos localizados debe ser una persona jurídica.
- Debe contar con la autorización previa emitida por Coljuegos.
- El contrato de concesión que se suscriba no puede ser inferior a tres años ni superior a cinco.
- El hecho de radicar la solicitud, no habilita ni autoriza al interesado para operar los juegos localizados, la ejecución del contrato únicamente se iniciará cuando Coljuegos le imparta la aprobación a la garantía de cumplimiento.
- La autorización y operación de las apuestas en carreras y deportes virtuales ACDV, así como de las máquinas tragamonedas electrónicas que operan en locales cuya actividad comercial principal puede ser diferente a JSA, se regirán por la misma resolución.
- Por medio del portal del operador, usted puede facilitar los trámites, los procedimientos y las autorizaciones que se requieran para el proceso de solicitud.
- Para operar en la modalidad de juego localizado, usted debe cumplir con un mínimo de elementos de 80 máquinas electrónicas tragamonedas con apuesta menor a $500. Si la operación combina máquinas con bingos, mesas de casino o esferódromos el mínimo de elementos corresponderá al equivalente de las 80 MET’s en salarios mínimos, lo mismo sucede si la operación corresponde únicamente a juegos de casino (black jack, póker, bacará o craps). Es importante aclarar que el mínimo definido aplica para los localizados, excepto apuestas en carreras y deportes virtuales y MET's cuya actividad principal es distinta a los JSA.
Por otro lado, debe tener presente que el número de elementos mínimo de juego por local comercial, dependerá del número de habitantes por municipio así:
Requisitos para la operación
- Debe presentar la solicitud de autorización ante Coljuegos a través de la plataforma web habilitada ‘el portal del operador’.
*Una vez radicada la solicitud no podrá modificar el inventario de elementos de juego.
Requisitos jurídicos
- Certificado de existencia y representación legal vigente, el cual será verificado por Coljuegos en el registro único empresarial y social de la cámara de comercio (RUES), en el cual se acredita la condición de persona jurídica.
- Registros mercantiles de los locales solicitados, estos deben coincidir con lo establecido en el concepto previo favorable y tanto el formulario único como el local deben tener como actividad principal la operación de JSA.
- Fotocopia de la cédula del representante legal.
- Fotocopia de la cédula del contador y revisor fiscal en el caso que aplique.
- Fotocopia de la tarjeta profesional del contador y revisor fiscal en el caso que aplique.
- Certificado de antecedentes disciplinarios del contador y del revisor fiscal expedido por la Junta Central de Contadores, este debe estar vigente al momento de la radicación.
- Si el trámite se realiza a través de un apoderado, se debe tener un poder con la presentación personal, sea que esta se realice ante un notario o juez.
- Formulario único: se refiere al inventario de elementos de juego, el solicitante deberá diligenciar y cargar en el portal del operador dicho formulario que debe contener como mínimo: el serial, la marca, el modelo, año de fabricación, tipo de elemento y código de apuesta por cada máquina.
- Concepto previo favorable: para efectos de autorizar los locales en los contratos de concesión, será obligación del interesado allegar el concepto previo favorable del local comercial el cual puede ser equivalente al concepto de uso del suelo, siempre y cuando sea expedido por el correspondiente alcalde municipal, su delegado o la autoridad municipal. Dicho concepto establece que la ubicación del local donde opera el juego localizado se encuentra en una zona apta.
- Debe acreditar la tenencia de los elementos de juego, para ello podrá aportar cualquiera de los siguientes elementos:
- Factura de compra a nombre de la sociedad solicitante
- Declaración de importación a nombre del solicitante
- Contrato vigente de arrendamiento
- Certificado del revisor fiscal o manifestación bajo gravedad de juramento expedida por el representante legal y el contador público de la sociedad solicitante que acredite que los elementos hacen parte del activo.
11. Certificado de pago de aportes a seguridad social y parafiscales de los seis meses anteriores de la presentación de la solicitud o a partir de su constitución, este debe estar expedido por el revisor fiscal o el representante legal.
12. Fotocopia de la declaración de renta de la sociedad del año gravable anterior. Si no presento declaración debe adjuntar una certificación por parte del revisor fiscal que indique las razones por las que no se presentó.
13. Certificación bancaria: expedida por una entidad financiera en donde se indique la titularidad de una cuenta bancaria a nombre de la sociedad solicitante, esta debe tener la fecha de apertura. *El operador deberá contar con por lo menos seis meses de antigüedad con el producto.
14. Arte final del cartón de bingo: el cartón debe indicar el valor del cartón y debe incluir la frase “autoriza coljuegos”.
15. Documentos Siplaft: debe presentar lo siguiente: manual Siplaft, código de conducta, carta de presentación del oficial de cumplimiento suscrita por el representante legal, carta de aceptación de la designación suscrita por el oficial de cumplimienTo, hoja de vida del oficial de cumplimiento, soportes laborales del oficial y soportes académicos.
Requisitos financieros
Serán verificados por la gerencia financiera de Coljuegos y el solicitante debe entregar estados financieros que cumpla con los principios de contabilidad de acuerdo con los lineamientos NIIF en las siguientes condiciones:
- Periodicidad: se deben presentar a corte del 31 de diciembre del año anterior, adjuntando el archivo anexo y diligenciando lo pertinente en el portal del operador.
- Indicadores financieros: deberán acreditar lo siguiente:
- Índice de liquidez igual o mayor a 1.2
- Endeudamiento igual o menor al 80% de sus activos totales
- El patrimonio requerido debe ser igual o mayor a 30% del valor del contrato de concesión
- Razón de cobertura de intereses, los solicitantes deben obtener una calificación que tendrá que ser mayor a 1.
- Contenido mínimo de los estados financieros: deberán entregar los estados financieros básicos, particularmente estado de situación financiero en el cual el activo y el pasivo deben clasificarse en corriente y no corriente y estados de resultados con sus respectivas notas. “En el estado de resultados se deben desagregar los siguientes conceptos: utilidad operacional, gastos de depreciación, amortización y gastos de interés”.
- Condición de presentación de los estados financieros:
- Deben estar certificados por el representante legal, el contador y dictaminados por el revisor fiscal.
- Si la empresa solicitante tiene más de seis meses debe presentar estados financieros comparativos con los del periodo anterior siempre que hayan tenido una misma duración.
- Si la sociedad tiene menos de seis meses de constitución, la validación de indicadores financieros se realizará con base en las cifras descritas en el balance inicial o de apertura.
- Paz y salvo por todo concepto: no tener obligaciones vencidas, ni sanciones pendientes de pago.
Categoría:Otros
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País: Colombia
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